Digamos que el Diseñador X trabajó a tiempo completo para la Compañía Y. Mientras estuvo allí, el Diseñador X creó una ilustración para explicar cómo funciona el producto de la Compañía Y. Luego, algunos años después de que el Diseñador X dejó la Compañía Y, un tercero solicita permiso para usar dicha ilustración en algún material educativo que planea publicar, y desea citar al autor.
¿A quién cita el tercero, Designer X o Company Y?
Respuestas:
Empresa Y.
Técnicamente, ellos son los que firmaron los contratos con el tercero, y el Diseñador X era "parte" de la empresa Y en este momento, a menos que el diseñador X haya firmado un contrato con su empresa empleador Y declarando que mantiene los derechos de su empresa. obras de arte
Pero si a la empresa Y no le importa, o de acuerdo, el diseñador X puede ser citado por su trabajo. O tanto el diseñador X como la empresa Y. Citar no es lo mismo que reclamar los derechos, pero la empresa tendría pleno derecho a exigir que el nombre del diseñador X no aparezca como creador de la obra de arte.
Fuente , otra fuente y otra fuente con permiso .
Nota para diseñadores
Es posible mantener estos derechos como autor de su obra de arte, pero esto debe hacerse mediante un contrato por escrito cuando se contrata al diseñador. Por lo general, las empresas y firmas agregan una cláusula especial sobre esto o prohíben al diseñador citar su trabajo durante X años. Si solo se trata de utilizar el trabajo para una cartera, esto se puede negociar fácilmente y no es lo mismo que exigir los derechos, sino un permiso para mostrar su obra de arte.
Por otra parte, esto podría no ser posible si la empresa tiene un acuerdo especial sobre esto con su propio cliente.
Incluso los trabajadores independientes tienen que tener cuidado con esto, algunos clientes pueden exigir en el contrato los mismos privilegios que los empleadores (trabajo por contrato).
Nota sobre licencia y derechos de autor
El derecho de uso (licencia) y la propiedad intelectual (copyright) no son lo mismo.
Licencia no exclusiva: a menos que se especifique lo contrario en un contrato, cuando una obra de arte es ordenada y pagada por un cliente, está implícito que existe un derecho no exclusivo de usar la obra de arte. Esto le da a la compañía y al autor / creador original un derecho "compartido" para usar la obra de arte. El diseñador puede usar libremente la obra de arte para una cartera y revenderla si no hay infracción de derechos de autor (por ejemplo, marca), por ejemplo. El creador de la obra de arte sigue siendo el propietario de la propiedad intelectual de la obra de arte, pero da permiso para usar la obra de arte a la persona que paga por su creación. Un ejemplo de esto: imágenes de archivo libres de derechos.
Licencia exclusiva: es un monopolio de la licencia y un permiso exclusivo para distribuir la obra de arte, pero la propiedad intelectual permanece con el autor / creador. Esto generalmente se negocia en un período de tiempo. Un ejemplo de esto: publicación de libros o una imagen creada para un evento específico.
Copyright / marca registrada: Esta es la propiedad intelectual y puede registrarse. La parte que posee este derecho puede hacer lo que quiera con la obra de arte (revender, publicar, distribuir, revender, modificar, etc.) Cuando un diseñador trabaja por contrato o vende todos los derechos de su obra de arte, no posee derechos o licencia sobre la obra de arte y ya no puede reutilizarla en su forma actual. Los derechos permanecen con el creador o los titulares de los derechos hasta 75 años después de su muerte, a menos que se transfieran a otra persona. Un ejemplo de esto: un logotipo, una canción o atributos especiales de una marca.
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La empresa Y es propietaria de todo el trabajo que el diseñador X realizó mientras estaba empleado.
Cualquier cosa que se haga con la imagen debe solicitar el permiso de la Compañía Y. El diseñador, como empleado, no tiene derechos con respecto a cualquier cosa que haya creado en la Compañía Y.
Cualquier atribución o reutilización debe hacer referencia a la Compañía Y porque el Diseñador X estaba en una posición de trabajo por contrato . En una situación de trabajo por contrato, el empleado esencialmente no existe como entidad. Solo la empresa existe. De manera similar a cómo no le daría crédito, o afirmaría que la autoría pertenecía a su brazo derecho porque técnicamente sostenía el lápiz que escribió algo. El brazo, o en este caso empleado, es simplemente una extensión del todo (el empleador). No es un individuo.
Se necesitaría un acuerdo especial por escrito para que cualquier empleado conserve cualquier derecho o reclame la autoría. Es común que las empresas otorguen a los empleados la autoría. Por lo tanto, no es inaudito. Una empresa que publica libros a menudo otorga a sus empleados la autoría sobre los libros, a pesar de que la empresa posee los derechos del libro. Pero si no se ha llegado a un acuerdo previo, años después, el empleado a menudo no puede simplemente comenzar a reclamar la autoría cuando nunca antes se había otorgado. Pero entonces no soy abogado .
Esto puede ser de su interés: ¿Puede un cofundador / cliente reclamar la propiedad de los diseños si la IP no se firmó específicamente?
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Los términos "poseer" y "autoría" realmente no encajan entre sí.
El autor tiene la autoría. Nadie más puede tener. Una pintura de Picasso siempre seguirá siendo una pintura de Picasso. Ser propietario tiene más que ver con los derechos de actuar con el trabajo del autor.
Dependiendo del marco legal, el autor puede abandonar o vender por completo todos sus derechos. Pero la autoría nunca se puede vender. Piense en fingir la autoría al escribir una tesis doctoral
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