Puede volver a ingresar tan pronto como lo desee. El único factor limitante (pero extremadamente importante) es el hecho de que tiene que convencerlos de que no está tratando de vivir en el Reino Unido por períodos prolongados explotando las condiciones de la visa.
Una visa de visitante estándar no está allí para otorgarle la residencia a largo plazo. Incluso si la visa es por 10 años, puede permanecer por un máximo de 6 meses por visita y no puede simplemente restablecer sus 6 meses al día siguiente sin hacer que sospechen de sus intenciones.
Por lo tanto, si desea vivir allí a largo plazo, solicite una visa diferente que le permita. Intentar esto con una visa de visitante estándar puede irse al sur muy rápidamente en sus visitas posteriores y no se debe tomar a la ligera una denegación de entrada.
Esta página brinda orientación sobre la frecuencia y la duración de las visitas a la hora de decidir las aplicaciones generales para visitantes.
Frecuencia y duración de las visitas.
Los visitantes no pueden vivir en el Reino Unido de manera continua, incluso si dejan el Reino Unido por períodos cortos para evitar quedarse en exceso.
No hay un límite específico en el número de visitas que un individuo puede hacer al Reino Unido, como una regla definitiva que establece que un visitante solo puede permanecer en el Reino Unido durante '6 meses en un período de 12 meses'. Sin embargo, los visitantes no deben vivir en el Reino Unido por períodos prolongados debido a visitas frecuentes y sucesivas. Por ejemplo, donde un individuo:
- pasa cinco o seis meses en el Reino Unido durante una visita y regresa después de un breve descanso en su país de origen durante otros cinco o seis meses, o
- está viviendo en el Reino Unido por períodos cortos sucesivos y rompiendo esto dejando un par de días, por ejemplo, alguien que vive en el Reino Unido durante la semana y rompiendo esto dejando el Reino Unido los fines de semana.
Esto podría equivaler a una residencia genuina. Sin embargo, esta no es una regla difícil y rápida y debe considerar las circunstancias de cada caso de forma individual.
Fuente: Orientación general para visitantes del Ministerio del Interior, P.17