Como ciudadano no estadounidense (estado de visitante J-1), viajo este fin de semana a Cuba desde los EE. UU. En un vuelo de JetBlue (Boston-Fort Lauderdale-La Habana, La Habana-Fort Lauderdale-Boston). Como visitante "ubicado" en los Estados Unidos, aparentemente estoy sujeto a la ley estadounidense, lo que significa que el "turismo" está prohibido. Estoy viajando con un "propósito educativo" (licencia OFAC, aprobado mediante mi declaración jurada), de forma independiente, sin una agencia o una invitación oficial. Leyendo la documentación de la OFAC, interpreté que el viaje independiente es posible si se proporciona un horario de 24 horas de interacción entre personas (OFAC no detalla si, cómo y dónde verifican ese asunto).
Hasta ahora he preparado: una lista escrita de casas cubanas donde me alojo e interactúo con personas, lugares que visito (museos, escuelas), una compañía de taxis local que me lleva a estos lugares, y una declaración oral sobre cómo este viaje se relaciona con mi investigación. Me pregunto si esto es suficiente.
¿Alguien tiene experiencia reciente (desde septiembre de 2016 y, en el mejor de los casos, como visitante de EE. UU.) En relación con lo que los funcionarios de protección de fronteras aduaneras (tanto en los EE. UU. Como en Cuba) requieren como documentación / declaraciones (si es que lo hacen) para demostrar la "educación propósito"?
Su ayuda es muy apreciada
Respuestas:
En primer lugar, a los cubanos no les importan las restricciones de los Estados Unidos, por lo que no tendrás problemas con ellas.
Cuando se trata de los EE. UU., La evidencia anecdótica sugiere que los ciudadanos estadounidenses no enfrentarán repercusiones legales en la práctica (aunque se les puede preguntar qué hicieron en Cuba y / o gritarles)
Sin embargo, como extranjero, usted es mucho más vulnerable: no tiene absolutamente ningún derecho en la frontera de los Estados Unidos. En esencia, si no les gusta algo que les gustó, simplemente pueden revocar su visa y su estado en el acto, enviarlo a casa y prohibirle volver a ingresar (o incluso cambiar de avión allí) durante muchos años (aunque como un titular de visa, puede apelar a través de un juez de inmigración, no sé si eso podría tener éxito.
Por supuesto, dependerá de la persona que obtenga en el stand, pero las visas se han revocado en el pasado por cosas aún menores, por lo que la posibilidad, aunque quizás no sea muy alta, es muy real.
Desde el sitio web del Departamento de Estado :
Alguien que conozco es un titular de la tarjeta verde de los EE. UU. (Es decir, residente permanente) y supuestamente (aunque aún no me lo confirman) muy cerca de ser deportado de por vida después de que lo atraparon en la frontera con un sello de pasaporte cubano (en Febrero de 2016). Afortunadamente, es rico y puede permitirse un excelente abogado, por lo que el juez de inmigración (por poco) decidió suspender sus procedimientos de expulsión.
"Sin embargo, no tengo ningún documento oficial (de los Estados Unidos o Cuba)".
Necesita obtener algo de su institución educativa. Se le permite ir a Cuba con licencia, pero debe poder demostrar en la frontera de los EE. UU. Que su visita fue autorizada. Es muy extraño que su institución no haya proporcionado evidencia alguna .
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El lado cubano ha sido abordado por las dos grandes respuestas anteriores, con las que estoy de acuerdo. Lo que nos deja solo con el lado estadounidense.
Primero, la prohibición de viajar a Cuba (en realidad es la prohibición de gastar dinero en Cuba sin licencia, ya que el gobierno no puede prohibir los viajes per se) solo afecta a las personas sujetas a la jurisdicción de los EE . UU . ¿Qué es la jurisdicción? Esto significa que debe ser ciudadano de los EE. UU. (Los residentes permanentes también se consideran a veces, aunque esto es cuestionable), o estar físicamente presente donde el gobierno de los EE. UU. Ejerce el control. De lo contrario, no está bajo la jurisdicción de los EE. UU. Y, por lo tanto, la ley no se aplica a usted. En particular, tener una visa de los EE. UU. No lo somete por sí solo a la jurisdicción de los EE. UU. Fuera de los EE. UU.
Sin embargo, en su caso, viaja en un vuelo directo y bajo declaración jurada. En general, una declaración jurada por sí sola es suficiente (de lo contrario, se le solicitará que presente la documentación de respaldo cuando presente la declaración jurada). Sin embargo, tenga en cuenta que la declaración jurada no se envía a la aerolínea, a quien no le importa, sino al Gobierno de los EE. UU. Y presentar una declaración jurada falsa al gobierno es un delito. Por lo tanto, es posible que el funcionario de CBP lo interrogue (es más probable que haga preguntas) a su llegada a los EE. UU. Para asegurarse de que no presentó una declaración jurada falsa.
Por otro lado, la legalidad del requisito de licencia para que los ciudadanos privados gasten dinero en el extranjero nunca fue cuestionada en la corte, y no está claro si nuestro gobierno tiene una autoridad para emitir tal prohibición (efectivamente tratando de hacer leyes para un país soberano ) Los detalles de la fiscalía que he encontrado hasta ahora estaban relacionados con ocultar el hecho de que uno ha estado en Cuba (es decir, mentirle a los funcionarios de CBP), o traer bienes no declarados, como los cigarros cubanos, que es una historia diferente.
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