Visa Schengen a Noruega para visitar a mi esposa rechazada

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Soy ciudadano afgano casado con una mujer polaca. Vivimos juntos durante casi 6 meses en Afganistán. Ahora vive en Noruega y lo ha sido durante casi 5 años. Ella trabaja como enfermera y tiene suficientes ingresos.

Solicité a través del Consulado de Noruega en Islamabad, Pakistán, una visa de visita Schengen como miembro de la familia de la UE. Mi esposa y yo incluimos todos los documentos en la lista de verificación, enviando la solicitud a través de FedEx. Después de 30 días, mis documentos fueron devueltos con un aviso de rechazo.

La negativa se basó en "Uno o más estados miembros (Schengen) lo consideran una amenaza para las políticas públicas, la seguridad interna, la salud pública o las relaciones internacionales de uno o más de los estados miembros".

No entiendo por qué fui rechazado. Soy reportero local y también soy autónomo en mi ciudad natal. Soy una etnia hazara que vive en Afganistán y los hazara no están afiliados al ISIS ni a otros grupos extremistas.

Nos dieron el derecho de apelar, lo cual hice, enviando una carta de apelación pero no sabemos si será aceptada.

¿Se puede eliminar este rechazo de mi registro y hay alguna forma de obtener una visa?

naslejavan jaghori
fuente
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Según tengo entendido, solo se aceptará una apelación si cometieron un error real al procesar su solicitud. Una decisión con la que no está de acuerdo no es un error.
David Richerby
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@DavidRicherby este caso se rige por la directiva 2004/38 / CE, porque se refiere a la restricción de la libertad de circulación de un miembro de la familia de un ciudadano de la UE. En tales casos, la decisión puede ser apelada. (Por otra parte, si se trata de un caso de identidad equivocada, a continuación, podría decirse que es un error de procesamiento en lugar de una diferencia de opinión acerca de un juicio.)
phoog
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@MichaelHampton, aunque esa pregunta está ciertamente relacionada, esta solicitud se refiere a la directiva de libertad de movimiento, por lo que los derechos de apelación son sustancialmente mayores. No lo cerraría como un duplicado, por lo tanto.
phoog
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@phoog Sin embargo, la respuesta es esencialmente la misma: "¡Busca un abogado!"
Dmitry Grigoryev

Respuestas:

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Quizás sepa que su caso debe regirse por la directiva 2004/38 / CE sobre el derecho a la libertad de circulación de los ciudadanos de la UE y sus familiares.

El capítulo VI de la directiva dice esto:

RESTRICCIONES AL DERECHO DE ENTRADA Y AL DERECHO DE RESIDENCIA SOBRE LOS MOTIVOS DE LA POLÍTICA PÚBLICA, LA SEGURIDAD PÚBLICA O LA SALUD PÚBLICA

Artículo 27

Principios generales

1. Sujeto a las disposiciones de este Capítulo, los Estados miembros pueden restringir la libertad de movimiento y residencia de los ciudadanos de la Unión y sus familiares, independientemente de su nacionalidad, por razones de orden público, seguridad pública o salud pública. Estos motivos no se invocarán para fines económicos.

2. Las medidas adoptadas por razones de orden público o de seguridad pública deberán cumplir el principio de proporcionalidad y se basarán exclusivamente en la conducta personal de la persona en cuestión. Las condenas penales anteriores no constituirán en sí mismas motivos para tomar tales medidas.

La conducta personal del individuo en cuestión debe representar una amenaza genuina, presente y suficientemente grave que afecte a uno de los intereses fundamentales de la sociedad. No se aceptarán las justificaciones que están aisladas de los detalles del caso o que se basan en consideraciones de prevención general.

Me estoy saltando los párrafos 3 y 4, así como los artículos 28 y 29, ya que no son particularmente relevantes para su situación.

Artículo 30

Notificación de decisiones

1. Las personas afectadas serán notificadas por escrito de cualquier decisión tomada de conformidad con el artículo 27 (1), de tal manera que puedan comprender su contenido y las implicaciones para ellos.

2. Las personas afectadas serán informadas, de manera precisa y completa, de los motivos de política pública, seguridad pública o salud pública en los que se basa la decisión tomada en su caso, a menos que esto sea contrario a los intereses de la seguridad del Estado.

3. La notificación especificará el tribunal o la autoridad administrativa ante la cual la persona interesada puede presentar una apelación, el plazo para la apelación y, en su caso, [...].

(El último bit del párrafo 3 no es aplicable en su caso).

Escribe que no entiende por qué fue rechazado. Por lo tanto, no parece haber recibido una cuenta "precisa y completa" de los motivos de la denegación de su solicitud. Esto plantea una pregunta:

¿Solicitó su visa bajo las reglas de libertad de movimiento como miembro de la familia de un ciudadano de la UE?

Dichas solicitudes son gratuitas, por lo que si pagó una tarifa de solicitud, es posible que su solicitud haya sido considerada como una solicitud Schengen normal, lo que podría explicar la negativa no informativa que recibió. Si este es el caso, es posible que desee volver a presentar una solicitud en virtud de la directiva para que pueda obtener más información sobre los motivos de su rechazo. También puede invocar la directiva en su apelación incluso si no dejó en claro en su solicitud inicial que se aplica a usted.

Seguramente debería consultar con un abogado para decidir cuáles deberían ser sus próximos pasos. Un abogado sabrá la ruta más efectiva para obtener la información que debería haber recibido sobre los motivos de rechazo, y sobre la estrategia más efectiva, teniendo en cuenta los motivos citados, para obtener una visa a través de una apelación o una nueva solicitud.

phoog
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(+1) "Uno o más estados miembros (Schengen) lo consideran una amenaza para las políticas públicas [...]" es, de hecho, una de las razones estándar de rechazo enumeradas en el código de visa Schengen.
Relajado
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@naslejavanjaghori, entonces probablemente deberías comenzar concentrándote en el artículo 30, párrafo 2. Al menos deberían informarte que no te lo dirán por "los intereses de la seguridad del estado". j
phoog
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Incluso si todo lo que escribe aquí es técnicamente correcto, la práctica consular a menudo se desvía. No es raro que ni el estado miembro objetante, ni la razón específica para que el estado miembro vete la emisión de la visa se revele cuando el solicitante se considera "una amenaza para la política pública". Tampoco es un problema raro que la causa sea simplemente una identidad equivocada. Resolver estos problemas puede ser un proceso muy tedioso, que a menudo requiere proceder directamente contra las autoridades nacionales con los medios cubiertos por las leyes o reglamentos nacionales.
Tor-Einar Jarnbjo
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@DavidRicherby Eso ya se discute en los comentarios a la respuesta a la que se está vinculando y me temo que no es cierto. Al menos aquí en Alemania, ha habido varios casos en los que una identidad errónea (basada en el nombre, la fecha y el lugar de nacimiento) ha provocado el rechazo de la visa. No estoy 100% seguro, pero creo que cada estado miembro tiene su propio procedimiento sobre cómo hacer coincidir exactamente las solicitudes de visa con los registros nacionales archivados, que muy posiblemente no contengan datos biométricos.
Tor-Einar Jarnbjo
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¿Es posible que cuestionen esa sinceridad del matrimonio? Vivir juntos por menos de 6 meses y luego vivir separados por 5 años es concebible pero quizás inusual. No tengo idea de cómo funciona esto y si se explicaría la razón. Es solo una idea, y también me gustaría saber cómo estas situaciones son típicamente manejadas por las autoridades.
Szabolcs