Un ciudadano tunecino puede ingresar a Marruecos o Argelia sin visa. Pero, ¿cuál es la posición si desean ingresar a Ceuta o Melilla, cruzando la frontera desde Marruecos? ¿Necesitan solicitar una visa Schengen?
Un ciudadano tunecino puede ingresar a Marruecos o Argelia sin visa. Pero, ¿cuál es la posición si desean ingresar a Ceuta o Melilla, cruzando la frontera desde Marruecos? ¿Necesitan solicitar una visa Schengen?
Ceuta y Melilla son administradas por España (aunque Marruecos disputa su soberanía sobre las ciudades). Ambos países mantienen controles fronterizos en las fronteras y España ha construido cercas fronterizas alrededor de ambas ciudades.
Los residentes de las provincias marroquíes de Tetuán y Nador tienen un esquema especial de cruce fronterizo local por el cual pueden ingresar a estas ciudades sin visa (pero no pueden ingresar a España continental o al resto del área de Schengen). Los ciudadanos marroquíes que viven en otras provincias pueden obtener una visa de validez territorial limitada de España solo para esas ciudades.
(b) Se seguirán aplicando los arreglos específicos para exenciones de visa para el tráfico fronterizo local entre Ceuta y Melilla y las provincias marroquíes de Tetuán y Nador.
(c) Los ciudadanos marroquíes que no sean residentes en las provincias de Tetuán o Nador y que deseen ingresar al territorio de las ciudades de Ceuta y Melilla quedarán sujetos exclusivamente al requisito de visa. La validez de estas visas se limitará a estas dos ciudades y puede permitir múltiples entradas y salidas ("visado limitado múltiple") de conformidad con las disposiciones del Artículo 10 (3) y el Artículo 11 (1) (a) de la Convención de 1990 .
En particular, si bien las ciudades son parte del área de Schengen, hay controles de pasaporte a la salida en avión o ferry, para garantizar que los visitantes marroquíes sin visas e inmigrantes ilegales no puedan migrar a Europa ni a otros lugares.
e) De conformidad con su legislación nacional y para verificar si los pasajeros siguen cumpliendo las condiciones establecidas en el artículo 5 del Convenio de 1990 sobre la base de que estaban autorizados a ingresar en el territorio nacional tras el control de pasaportes en la frontera exterior, España mantendrá controles (de identidad y documentos) en conexiones marítimas y aéreas que salen de Ceuta y Melilla y que tienen como único destino cualquier otro lugar en territorio español.
Con el mismo fin, España mantendrá controles en los vuelos internos y en las conexiones regulares de ferry que salen de las ciudades de Ceuta y Melilla a un destino en otro Estado parte de la Convención.
No hay ninguna disposición que pueda encontrar para los ciudadanos tunecinos, por lo que parece que necesitará una visa Schengen regular .