¿Puede un nacional de exención de visa solicitar visas uniformes de Schengen (USV)?

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Tengo una pregunta sobre las visas Schengen, específicamente las Visas Schengen Uniformes (USV).

¿Está permitido que los nacionales de los países del 'Anexo II' (países con exención de visa) como los EE. UU. Soliciten una visa Schengen uniforme (USV) en lugar de utilizar la exención de visa?

Ha sido la respuesta estándar aquí en travel.stackexchange para cualquier nacional sin visa que haya tenido problemas previos con la inmigración del Reino Unido (denegada la entrada, etc.) para solicitar la autorización de entrada (aunque no es obligatorio) que, cuando se aprueba, sirve como una panacea para anteriores problemas de inmigración del Reino Unido, básicamente borró su pizarra.

Usted (implícitamente) quiere saber cómo romper la cadena de rechazos en serie y borrar el registro y disfrutar de cierta movilidad. Afortunadamente, hay una panacea maravillosa para esto: solicitar con éxito una autorización de entrada. Una vez que hayas hecho esto, tu historia se convertirá en irrelevancia.

¿Se aplica lo mismo para las visas Schengen?

usuario 56513
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Respuestas:

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Si no tiene una nacionalidad de visa requerida, no puede solicitar una visa Schengen.

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usuario 56513
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¿Se aplica esto a todos los países Schengen? Podría ser una política específica de un país, y nada en esta carta es particularmente inconsistente con eso.
phoog
@phoog La redacción de mi pregunta al consulado estaba abierta, por lo tanto, estoy convencido de que es aplicable a toda el área de Schengen.
usuario 56513
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Recuerdo haber visto a Gayot Fow afirmar que esto era posible, lo cual no contradice a la ligera. Por otro lado, la "sabiduría convencional" es que un consulado de Schengen probablemente se negaría a examinar una solicitud de visa de un ciudadano del Anexo II. Y las reglas de Schengen que puedo encontrar no parecen contemplar claramente esa posibilidad.

El contexto de las reglas es bastante diferente. Un nacional de un tercer país que desee entrar en el Reino Unido tiene que tener ya sea una "autorización de entrada" (solicitado por adelantado) o "dejar de entrar" (otorgado por el oficial de inmigración en la frontera). Por lo tanto, tener una autorización de entrada significa, en principio, que no es necesario convencer al IO para que dé el paso positivo de emitir un permiso de entrada, solo que debe honrar la autorización de entrada que ya tiene.

En contraste, el Código de fronteras Schengen establece que todos los nacionales de terceros países pasan por el mismo "control exhaustivo", descrito en el Artículo 8, subsección 3 (a). La verificación de una visa para los ciudadanos del Anexo I es adicional a ese procedimiento común. Al menos en lo que respecta a la legislación de la UE.

Tampoco el Manual de Schengen para el procesamiento de solicitudes de visa menciona nada (en cualquier dirección) sobre visas para ciudadanos del Anexo II.

Esto no prueba de manera concluyente que no puede haber una práctica administrativa de emitir visas a los ciudadanos del Anexo II que se molestan (y pagan) en solicitar una. Pero tal práctica bien podría variar entre los estados miembros. En particular, si logra solicitar una visa de un estado miembro y luego ingresa al área Schengen a través de otro estado miembro, es posible que los guardias fronterizos se confundan en lugar de tranquilizarse si presenta una visa.

Henning Makholm
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Iba a publicar un comentario sugiriendo que también se vincule al código de visa, ya que esa es la base para el procedimiento descrito en el manual, pero pensar en eso me llevó a echarle otro vistazo al código, donde encontré algo que me llevó yo para escribir una respuesta adicional .
phoog
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Encontré algo en el Código de Visa Schengen , que podría interpretarse como una exclusión de los ciudadanos del Anexo II de la solicitud de visas de corta duración. El artículo 1 del código se refiere a su "objetivo y alcance". Su segunda sección dice en parte:

  1. Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a cualquier nacional de un tercer país que deba poseer un visado al cruzar las fronteras exteriores de los Estados miembros de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 539/2001 del Consejo, de 15 de marzo de 2001 ...

Los países cuyos nacionales "deben estar en posesión de una visa" se enumeran en el Anexo I de ese reglamento, y aquellos cuyos ciudadanos están exentos de una visa se enumeran en el Anexo II, por lo que las personas a menudo se llaman nacionales del Anexo I o del Anexo II. Dado que el párrafo citado anteriormente aplica explícitamente el reglamento solo a los nacionales del Anexo I, el reglamento simplemente no se aplica a los nacionales del Anexo II.

Admito que esto es algo tenue, pero parece ser, al menos posiblemente, una base legal para una política de Schengen de abstenerse de otorgar visas de corta duración a aquellos que no las necesitan.

phoog
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+1 Por inferencia, no existe un código de Visa que cubra a los ciudadanos del Anexo II y, por lo tanto, no son elegibles para visas. Esa es una inferencia razonable para mí
usuario 56513