De vez en cuando veo un sitio web que tiene una fecha de copyright anterior. En mi mente, siempre pienso "¡Mira al tonto que olvidó actualizar su año de copyright!" Luego, mientras codificaba un año de copyright en el sitio que actualmente estoy diseñando, de repente me sorprendió:
¿Cómo diablos voy a recordar actualizar esto?
Mi reacción inmediata fue usar un poco de codificación del lado del servidor para mostrar automáticamente el año actual. Bam, arreglado.
Más tarde, comencé a reflexionar sobre mí mismo, si alguien tan grande e inteligente como Google puede pasar por alto esto , tal vez hay algo malo en hacerlo de esta manera. Tal vez estoy haciendo algo mal? Supongo que lo que realmente me pregunto es por qué me siento obligado a mantener actualizado el año de copyright. ¿Hay alguna razón, o mi culpa es el TOC crónico?
Si hay una buena razón para mantenerlos actualizados, ¿por qué no más desarrolladores usan el código del lado del servidor? Veo estos "errores" todo sobre el lugar .
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Respuestas:
El aviso de copyright de una obra establece un reclamo de copyright. La fecha en el aviso establece qué tan atrás se hace el reclamo. Esto significa que si actualiza la fecha, ya no está reclamando los derechos de autor para la fecha original y eso significa que si alguien ha copiado el trabajo mientras tanto y reclama que es suyo porque publicaron la copia antes de su reclamo, entonces Será difícil establecer quién es el autor de la obra.
Por lo tanto, si el reclamo se basa en el derecho de autor de derecho consuetudinario (no registrado formalmente), entonces la fecha debe ser la fecha de la primera publicación. Si el reclamo es un derecho de autor registrado, entonces la fecha debe ser la fecha reclamada en el registro. En los casos en que el trabajo se revisó sustancialmente, puede establecer un nuevo reclamo de derechos de autor sobre el trabajo revisado agregando otro aviso de derechos de autor con una fecha más nueva o agregando una fecha adicional al aviso existente como en "© 2000, 2010". Nuevamente, la fecha agregada establece qué tan atrás se hace el reclamo en la revisión.
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No hay ninguna razón para que una persona actualice el año de copyright, porque en los EE. UU. Y Europa la vida del copyright es la vida del autor más 70 años (50 años en otros países como Canadá y Australia). Extender la fecha no extiende los derechos de autor. Esto también se aplica cuando una página tiene múltiples contribuyentes, ninguno de los cuales son corporaciones.
En cuanto a las corporaciones, Google no actualiza sus fechas de copyright porque no les importa si alguna página que comenzaron en 1999 y que actualizaron este año cae en el dominio público en 2094 o 2109. Y si no lo hacen, ¿por qué debería hacerlo? (Como Googler, ahora un ex Googler, me dijeron que esta también era la política del código fuente interno).
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Técnicamente, debe actualizar un año de copyright solo si realizó contribuciones al trabajo durante ese año. Entonces, si su sitio web no se ha actualizado en un año determinado, no hay motivos para tocar el archivo solo para actualizar el año.
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Tu TOC tiene la culpa :)
No tiene que poner nada sobre los derechos de autor en su página; los derechos de autor se aplican automáticamente hasta que explícitamente lo licencia. Los derechos de autor también se aplican durante un número predeterminado de años según lo determinan los tratados internacionales. No sé cuál es el número exacto de años, pero es mucho, por lo que no tiene ningún sentido actualizar el año en su aviso de derechos de autor.
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Es importante reconocer que las leyes de derechos de autor han cambiado y que para las fuentes no estadounidenses, especialmente después de que Estados Unidos se unió a la Convención de Berna el 1 de marzo de 1989, el registro de derechos de autor no es necesario para la aplicación de un aviso de derechos de autor.
Aquí hay un currículum citado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Cornell (copiado el 4 de marzo de 2015 de https://www.law.cornell.edu/wex/copyright :
"Copyright copyright: una descripción general
La Ley de Derechos de Autor de los Estados Unidos, 17 USC §§ 101 - 810, es una legislación federal promulgada por el Congreso bajo su concesión constitucional de autoridad para proteger los escritos de los autores. Consulte la Constitución de los Estados Unidos, Artículo I, Sección 8. El cambio de tecnología ha llevado a una comprensión cada vez mayor de la palabra "escritos". La Ley de derechos de autor ahora llega al diseño arquitectónico, software, artes gráficas, películas y grabaciones de sonido. Ver § 106. A partir del 1 de enero de 1978, todas las obras de autor fijadas en un medio de expresión tangible y dentro del tema de los derechos de autor se consideraron dentro de la jurisdicción exclusiva de la Ley de Derechos de Autor, independientemente de si el trabajo fue creado antes o después de esa fecha y si está publicado o no publicado. Ver § 301. Ver también preferencia.
El propietario de un derecho de autor tiene el derecho exclusivo de reproducir, distribuir, realizar, exhibir, licenciar y preparar trabajos derivados basados en el trabajo protegido por derechos de autor. Ver § 106. Los derechos exclusivos del propietario de los derechos de autor están sujetos a limitación por la doctrina del "uso justo". Ver § 107. El uso justo de una obra protegida por derechos de autor para fines tales como críticas, comentarios, informes de noticias, enseñanza, becas o investigación no constituye una infracción de los derechos de autor. Para determinar si un uso particular califica o no como uso justo, los tribunales aplican una prueba de equilibrio de múltiples factores. Ver § 107.
La protección de los derechos de autor subsiste en trabajos originales de autoría fijados en cualquier medio tangible de expresión desde el cual puedan ser percibidos, reproducidos o comunicados de otro modo, ya sea directamente o con la ayuda de una máquina o dispositivo. Ver § 102. La protección de los derechos de autor no se extiende a ninguna idea, procedimiento, proceso, sistema, método de operación, concepto, principio o descubrimiento. Por ejemplo, si se escribe un libro que describe un nuevo sistema de contabilidad, la protección de los derechos de autor solo se extiende a la descripción del autor del sistema de contabilidad; No protege el sistema en sí. Ver Baker v. Selden, 101 US 99 (1879).
De acuerdo con la Ley de Derechos de Autor de 1976, el registro de los derechos de autor es voluntario y puede tener lugar en cualquier momento durante el período de protección. Ver § 408. Aunque el registro de una obra en la Oficina de Derechos de Autor no es una condición previa para la protección, una acción por infracción de derechos de autor no puede iniciarse hasta que los derechos de autor hayan sido formalmente registrados en la Oficina de Derechos de Autor. Ver § 411.
El depósito de copias con la Oficina de Copyright para uso de la Biblioteca del Congreso es un requisito separado del registro. El incumplimiento del requisito de depósito dentro de los tres meses posteriores a la publicación de la obra protegida puede resultar en una multa civil. Ver § 407. El Registro de Derechos de Autor puede eximir ciertas categorías de material del requisito de depósito.
En 1989, Estados Unidos se unió al Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas. De conformidad con los requisitos del Convenio de Berna, la notificación ya no es una condición de protección para las obras publicadas después del 1 de marzo de 1989. Este cambio en el requisito de notificación se aplica solo prospectivamente a copias de obras distribuidas públicamente después del 1 de marzo de 1989.
La Convención de Berna también modificó la regla que hace que el registro de derechos de autor sea una condición previa para iniciar una demanda por infracción. Para las obras originarias de un país del Convenio de Berna, se puede iniciar una acción de infracción sin registrar el trabajo en la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos. Sin embargo, para obras de origen estadounidense, aún se requiere el registro previo a la presentación de la demanda.
La agencia federal encargada de administrar el acto es la Oficina de Derechos de Autor de la Biblioteca del Congreso. Ver § 701 de la ley. Sus regulaciones se encuentran en las Partes 201 - 204 del título 37 del Código de Regulaciones Federales ".
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Los derechos de autor deben estar actualizados hasta la fecha de publicación.
Por lo tanto, si se trata de un contenido estático (como el artículo del Times al que se vinculó), probablemente debería tener derechos de autor estáticos.
Si es contenido generado dinámicamente, debe tener derechos de autor para el año actual
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No creo que estén reimprimiendo libros en papel cada año. Los derechos de autor del año en que se imprimió el libro son válidos en todos los próximos años.
El mismo principio debería aplicarse también a las páginas web. Sin embargo, "el año en que se creó el sitio web" es un poco diferente. Por lo tanto, si realiza cambios en su sitio web, aún no ha terminado. Por lo tanto, al actualizar el sitio, es posible que desee actualizar el año de copyright.
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